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Intendencia Región Metropolitana - Gobierno Transparente
Ley N° 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública

TRÁMITES DEL ORGANISMO - Otros Trámites  

N° correlativo Nombre del trámite, servico o beneficio Descripción Requisitos Documentos requeridos A quién está dirigido Tramites a realizar y/o etapas Dónde se realiza ¿Tiene costo? (Sí/No) Unidad Monetaria Valor del Servicio ¿Este trámite está disponible en línea? Enlace al trámite Enlace a mayor información
1 Colectas Regionales (D.S Nº 955 /1974 y 969 /1975 ambos del Ministerio del Interior.  Medio de obtención de recursos, para realizar obras pías o de beneficencia privada. Autoriza para que un martes al año, dentro de la región pueda la entidad solicitar recursos en la vía pública, cuya fecha exacta es determinada por una resolución.   Tener personalidad jurídica vigente sin fines de lucro; sociedad mutualista; cuerpo de bomberos o Institucion deportiva    Carta al Intendente solicitando autorización indicando en que se va a invertir lo recaudado. Fotocopia estatutos vigentes. Certificado vigencia original otorgado por el Registro Civil o entidad que corresponda. Declaración jurada firmada por el representante legal de la entidad que deberá individualizar a los responsables de la colecta (nombre, RUT, domicilio particular); señalar si pertenecen a la Institución y que la ésta no ha participado en colecta inmediatamente anterior.   Entidades con personalidad jurídica, sin fines de lucro, cuyo objeto sea la caridad, la educación, o la asistencia social; las sociedades Mutualistas; los Cuerpos de Bomberos y las Instituciones Deportivas.   Presentación de la solicitud. Dictación de la respectiva resolución; Publicación en el Diario Oficial; Rendición de la colecta   Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jurídico y Depto. Social).   NO   Pesos   Pub Diario Oficial  No   -   Ver mayor información  
2 Rifas y Sorteos no regulados por la Ley 20.851 (Decreto 955/1974 y 969/1975)  Tramitar la autorización respectiva en el caso de rifas y sorteos que no se encuentren regulados en la Ley N°20.851  Tener personalidad jurídica vigente sin fines de lucro; sociedad mutualista; cuerpo de bomberos o Institucion deportiva; Cumplir con lo requisitos exigidos en el Decreto DS 955/1974 del Ministerio del Interior  Carta al Intendente indicando la fecha del sorteo, cantidad de n° emitidos, y valor de cada número, indicación del dirario de ciruculación nacional en el cual se publicarán los resultados y el destino de los fondos recaudados. 2) Demás documentos requeridos por artículo 7 y 8 del DS 955/1974 del Ministerio del Interior  Entidades con personalidad jurídica, sin fines de lucro, cuyo objeto sea la caridad, la educación, o la asistencia social; las sociedades Mutualistas; los Cuerpos de Bomberos y las Instituciones Deportivas.   Presentación de la solicitud. Dictación de la respectiva resolución; Publicación en diario; Rendición de la rifa o sorteo  Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   Sin costo   No   -   Ver mayor información  
3 Publicaciones Nuevas de Medios de Comunicación Escrita (Ley Nº 19,733 Sobre Libertad de Opinión).  Los medios de comunicación social escrito deben cumplir con lo exigido en la Ley Nº 19.733, art. 11, efectuando su presentación a la Gobernación o Intendencia correspondiente a su domicilio. Se envía copia de la presentación a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos.   Constituir un medio de comunicación social escrito.  Nombre diario revista periódico con indicación del lapso que mediará entre uno y otro; Nombre completo profesión domicilio copia autorizada Notarial de cédula de identidad; persona jurídica representantes legales Individualizacón del director; sustituto y orden de reemplazo; Ubicación oficinas principales y Si es persona jurídica sus socios y/o accionistas; participación en la sociedad; la propiedad o capital de la empresa; si tiene agencias, sus estatutos y los mandatos de sus representantes legales.  Medios de comunicación social escritos.   La Intendencia enviará copia de dicha presentación a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos.    Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin costo   No   -   Ver mayor información  
4 Actos y Reuniones Públicas (Ley nº 19.175 y DS. 1086 de 1983 del Ministerio del Interior.   El derecho que tienen las personas a reunirse pacíficamente, sin permiso previo y sin armas, cuando es ejercido en lugares de uso público, sean actos estacionarios o marchas por las calles.   Que se haya presentado el formulario con dos días hábiles de anticipación y que se trate del ejercicio del derecho de reunión.  Formulario, con dos días hábiles de anticipación, consultar por formularios disponibles.  Organizadores de toda reunión o manifestación pública.    La Intendencia dictará la correspondiente conformidad o resolución exenta.  Intendencia Metropolitana de Santiago (Orden Público).   NO   Pesos   Sin Costo    NO    Ver mayor información   Ver mayor información  
5 Eventos Masivos, Ley 19.175: Circular 28, del 16 de octubre de 2015.  Regular las actuaciones que se deben someter los organizadores de eventos masivos a que se refiere la Circular, y que no correspondan al ejercicio del derecho de reunión o a espectáculos de fútbol profesional u otros eventos regidos por algunas normas especiales .  Que se trate de eventos cuya concurrencia sea superior a 3.000 personas, o aquellos que cumplan con los siguientes requisitos: a) que se realicen en lugares no destinados permanentemente a dicho uso; b) que por sus características requieran la adopción de medidas de especiales de seguridad, para garantizar el orden público.  Ingreso de Solicitud y de Acta descriptiva del evento, Pronunciamientos de las entidades involucradas, según corresponda (Seremi de salud, SEC, Carabineros).   Organizadores de Eventos Masivos.  La Intendencia dictará la correspondiente conformidad.   Intendencia Metropolitana de Santiago ( Orden Público), Seremi de Salud, Seremi de Transportes, SEC, Municipio correspondiente.  NO  Pesos   Sin Costo   No  -   Ver mayor información  
6 Peritos Tasadores (DL 2186 de 1978).  El Intendente propone profesionales para su inclusión como perito para la R. M. mediante un Decreto de Hacienda y ser nombrados por la entidad expropiante como miembro de las comisiones encargadas  de determinar el monto provisional de la indemnización  en una expropiación.      Profesional con experiencia y formación en el área de tasaciones y exporpiaciones   Curriculo Vitae; certificado de título; copia legalizada de la Cédula de Identidad; certificado de antecedentes; certificado de boletín comercial; copia de otros certificados de estudio. Declaración Jurada que indique que no tiene inhabilidades o incompatibilidad para ejercer o desempeñar el cargo.  Profesionales con experiencia y formación en el área de tasaciones y expropiaciones.   La Intendencia revisa que estén todos los antecedentes y los remite mediante oficio a la subsecretaría de Hacienda.  Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Juridico)    NO   Pesos   Sin costo    No    -   Ver mayor información  
7 Autorización de tránsito de vehículos fiscales en días Sábado, domingo y festivos (DL 799 de 1974).   La circulación de vehículos estatales para el cumplimiento de cometidos específicos, de servicios creados por ley, se autoriza para días y horas inhábiles.  Vehiculo de propiedad o en arriendo de instución fiscal, semifiscal, de administración autornoma o empresa del estado.  Solicitud indicando fecha y motivo específico de la salida, se por algunos días ademas debera acompañar formulario, si es por mas de un mes debe acompañr antecedentes del vehiculo (copia del certificado de inscripción del vehiculo y copia revisión técnica).  Servicios Públicos Provincia de Santiago.  La intendencia otroga el correspondiente permiso específico o Resolución Exenta según sea el caso.  Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   Sin costo    NO    -   Ver mayor información  
8 Izamiento o uso del Pabellón Patrio y banderas extranjeras en la provincia de Santiago. (DS 1534 de 1967).   El uso o izamiento de banderas extranjeras fuera de los días 21 de mayo, y 18 y 19 de septiembre dentro de la Provincia de Santiago debe autorizarse mediante una resolución fundada.   Presentar solicitud de autorización para uso o izamiento fuera de las fechas permitidas.  Solicitud.   Entidades públicas y privadas y personas naturales.   La Intendencia dicta la correspondiente resolución   Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   Sin costo    NO   -   Ver mayor información  
9 Autorización para que en los estadios de la Región se pueda jugar fútbol profesional (Ley Nº 19.327).  Los centros o recintos deportivos destinados a la realización de espectáculos de fútbol profesional, requieren de autorización del Intendente, previo informe de Carabineros acreditando que reúnen las condiciones de seguridad para efectuar tales eventos.   Existencia de un centro o recinto deportivo destinado a la realización de espectaculos de fútbol profesional. Presentación de solicitud del administardor del recinto.   Solicitud e informe Diagnostico del recinto deportivo respectivo emitido por Carabineros de Chile.  Clubes de fútbol, administradores y propietarios de recintos deportivos.    Solicitud; Inspección por Carabineros; Remisión de Informe, Visita Inspectiva a Estadio; Dictación de la correspondiente resolución.   Intendencia Región Metropolitana (Coordinación Regional de Seguridad Pública - Depto. Jurídico).   NO   Pesos   Sin Costo   NO    -   Ver mayor información  
10 Autorización y Clasificación de Espectáculo de Fútbol Profesional   La Intendencia autorizará y clasificará la realización de los espectáculos de fútbol profesional, determinando la clasificación tipo A, B o C de acuerdo al riesgo de afectar el orden público y la seguridad de personas y bienes. Asimismo, dispondrá las medidas de seguridad para cada encuentro de fútbol profesional, según lo dispuesto en la Ley Nº 19.327   acto de autoridad   Propuesta de partido por parte del Organizador del Espectáculo de fútbol Profesional.  Clubes de fútbol profesional, ANFP.  Dictación de la resolución  - Reunión de Coordinación con Organizador de Espectaculo de Fútbol Profesional, Carabineros de Chile y otros órganismos involucrados cuando proceda.  Intendencia Región Metropolitana (Coordinación Regional de Seguridad Pública - Depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin costo   NO   -   Ver mayor información  
11 Suspensión de Espectáculo de Fútbol Profesional   La Intendencia podrá suspender los espectáculos de fútbol profesional en caso de incumplimiento de las medidas impuestas.  acto de aurtoridad   No hay  Clubes de fútbol profesional, ANFP.  Dictación de la resolución.   Intendencia Región Metropolitana (Coordinación Regional de Seguridad Pública - Depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin costo   NO   -   Ver mayor información  
12 Revocación de Autorización de Espectáculo de Fútbol Profesional   La Intendencia podrá revocar en cualquier momento la autorización otorgada a los espectáculos de fútbol profesional en caso que se comprometa gravamente la seguridad y el orden público.   Acto de aurtoridad, en virtud de alteraciones al orden público y seguridad de las personas.   Informe verbal o escrito de Carabineros de Chile.  Clubes de fútbol profesional, ANFP.  Informe previo verbal y/o escrito de Carabineros de Chile. Dictación de la resolución. Comunicar la decisión a Carabineros, Jefe de Seguridad y al árbito del encuentro.    Intendencia Región Metropolitana (Coordinación Regional de Seguridad Pública - Depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin costo   NO   -   Ver mayor información  
13 Aprobación de Plan de Seguidad de Organizadores de Espectaculos de Fútbol Pofesional  La Intendencia aprobará los planes de seguidad para cada recinto depotivo en el cual los organizadores de fútbol profesional realicen encunetros deportivos  Presentación del plan de seguridad.  Plan de Seguridad presentado por el Organizador de espectaculos de fútbol profesional.  Clubes de fútbol profesional, ANFP.  Revisión de Plan de Seguridad; Dictación de Resolución.  Intendencia Región Metropolitana (Coordinación Regional de Seguridad Pública - Depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin Costo   NO   -   Ver mayor información  
14 Concer y Sancionar fundadamente las infracciones establecidas en artículo 25 de Ley 19.327, que comentan organizadores, dirigentes de clubes y asociaciones de fútbol profesional.  La Intendencia llevara a efecto un procedimiento administrativo destinado a conocer y sanacionar si fuere procedente, las infracciones establecidas en artículo 25 de Ley 19.327.  acto de aurtoridad   Denuncia de otro organismo público o de Carabineros de Chile para dar inicio al procedimiento.  Clubes de fútbol profesional, ANFP, diregnetes de clubes y asociaciones de fútbol.  Inicio procedimiento, oficio a entidad denunciada, descargos de entidad denunciada, apertura de término probatorio (eventual), resolución de la autoridad.  Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico - Orden público unidad Jurídico. Penal).  NO  Pesos   Sin Costo   NO  -   Ver mayor información  
15 Verificación requisitos establecidos para acceder a beneficios contemplados en la Ley 20.330, que fomenta que profesionales y técnicos jóvenes presten servicios en las comunas con menores niveles de desarrollo del país   La Intendencia emite un certificado y verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 20.330 para acceder a los beneficios en ella establecidos.  Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 20.330.  Postulación, con antecedentes necesarios para verificación del cumplimiento de los requisitos.  Profesionales de la Región Metropolitana y que cumplan siguientes requisitos: Posea un título; Que sea deudor de un crédito universitario, que se encuentre al día en el pago de las obligaciones derivados de dicho crédito y que trabaje en comuna vulnerable.  Resolución que certifica cumplimiento de requsitos; Emisión de Certificado por cada postulante que acredita el cumplimiento de los requisitos.  Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) .   NO   Pesos   Sin costo   NO   -   Ver mayor información  
16 Aprobación de Proyectos para efectos de la Ley de Donaciones con Fines Educacionales, (Artículo 3° de la Ley N°19.247).  Las instituciones administradoras de establecimientos beneficiarios, que desean captar donaciones para financiar un proyecto educativo y que puedan obtener los beneficios tributarios, deben solicitar su aprobación al Intendente quien lo hará mediante una resolución fundada.    Ser institución beneficiaria e Ingresar Poyecto solicitando aprobación.  Ingreso de Proyecto; informe de Seremi Desarrollo Social.  Municipalizados, Técnico Profesionales administrados DL 3.166, Particulares subvencionados administrados corp. o fundaciones sin fines de lucro, Educación preescolar de propiedad corp. o fundaciones sin fines de lucro,Instituciones colaboradoras del SENAME  Informe favorable de Seremi Desarrollo Social para la dictación de la resolución por Intendencia   Intendencia Región Metropolitana y Seremi Desarrollo Social.     NO   Pesos   Sin costo   NO   -   Ver mayor información  
17 Otorgar el Auxilio de la Fuerza Pública.  Solo en los casos que una ley lo establezca, ciertas autoridades administrativas pueden solicitar al Intendente conceda el auxilio de la fuerza pública para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones.    Que se encuentre establecido por ley que el Intendente puede conceder el auxilio de la fuerza pública.  Solicitud de la autoridad pertinente.  Dirección de Vialidad, Superintendencia de Valores y Seguros, Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Subsecretaria de Telecomunicaciones, y otros servicios públicos autorizados para requerirla por leyes especiales.   Dictación de la resolución.   Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin costo    NO   -   Ver mayor información  
18 Restitución de bienes estatales.  Exigir administrativamente la restitución de bienes estatales ubicados en la Provincia de Santiago, en caso de ocupación ilegítima.  Que bien se encuentre ubicado en la Provincia de Santiago, que no existe un título que habilite al ocupante y que se trate de un bien fiscal.  Solicitud del propietario del inmueble o interesado con facultades para solicitarlo.  Todos los servicios públicos.  Dictación de la resolución   Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).  NO  Pesos  Sin costo   NO  -   Ver mayor información  
19 Efectuar los requerimientos por infracción a las normas sobre vigilancia privada.  En base el informe de Carabineros de Chile, el Intendente debe presenta requerimientos por infracción a normas de seguridad privada ante Juzgados de Policía Local.    Infracción a la normativa aplicable, fiscalizada por Carabineros.   Informe de la Prefectura de Carabineros respectiva.  Personas naturales o jurídicas que tengan por objeto desarrollar labores de asesoría o de prestación de servicios en materias inherentes a seguridad, o de capacitación de vigilantes privados.  Confección de requerimiento; Oficio a Carabineros a fin que presente el requeimiento ante el Juzgado de Policía Local competente.  Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).   NO   Pesos   Sin costo    NO   -   Ver mayor información  
20 Proceder a requerimiento de Carabineros de Chile a notificar a las entidades que correspondan la circunstancia de encontrarse en la obligación de contar con su propio servicio de seguridad interno.    De acuerdo a lo establecido por el DL 3.607, esta Intendencia debe notificar a aquéllas entidades que deben cumplir con la obligación de mantener un servicio de seguridad privada lo que se concreta mediante un oficio.   Proposición de Carabineros de Chile.   Oficio de Carabineros de Chile.   Entidades que deben o se encuentran sometidas a las normas sobre seguridad privada.   Confección de Resolución y notificación de la misma.  Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).   NO   Pesos   Sin costo    NO   -   Ver mayor información  
21 Notificar, de acuerdo a lo que solicite la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, servidumbres constituidas (art. 27 DFL Nº1).  Se confecciona un oficio mediante el cual se solicita a Carabineros de Chile a requerimiento de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles proceder a la notificación de la persona afectada por una servidumbre eléctrica.  Oficio de la Superintendencia.  Oficio de la SEC y copia de planos.  Entidades o personas naturales propietarias de predios o inmuebles afectados por servidumbres eléctricas.   Confección de Oficio a Carabineros   Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin Costo   NO   -   Ver mayor información  
22 Informar a solicitud del Ministerio de Justicia sobre la marcha general de corporaciones y fundaciones sin fines de lucro.  El M. de Justicia, como fiscalizador solicita se informe acerca de la marcha general de corporaciones o fundaciones sin fines de lucro, lo que es solicitado por esta Intendencia a Investigaciones quienes confeccionan un informe.   Solicitud del Ministerio de Justicia.  Estatutos y cualquier otro documento relacionado.   Corporaciones y fundaciones sin fines de lucro.  Confección de oficio a Investigaciones para que evacue informe de marcha general y una vez recibido éste confección de oficio para remitir a Ministerio de Justicia.  Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).  NO   Pesos   Sin costo   NO   -   Ver mayor información  
23 Dictar las resoluciones que inician y ponen término a las investigaciones y sumarios administrativos en las Gobernaciones.  A petición de los gobernadores se dictan las resoluciones para iniciar las investigaciones y los sumarios administrativos en las gobernaciones.    Comisión de un hecho que pueda revestir responsabilidad administrativa.  Solicitud del Gobernador respectivo.   Gobernaciones.  Confección de la resolución.   Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).  NO   Pesos   sin costo   NO   -   Ver mayor información  
24 Fijación cada tres años de la cantidad de patentes limitadas de alcoholes de cada comuna, de la Región Metropolitana distribuidas en las categorías A, E, F, y H (art. 7, Ley Nº 19.925).  Las patentes limitadas de alcoholes segun las categorías señaladas en la ley, son distribuídas cada tres años por el Intendente: A Depósitos de bebidas alchólicas; E Cantinas, Bar, Pubs, y tabernas; F Establecimientos de expendio de cerveza o sidra de frutas; y H Minimercados.  Cumplimiento del plazo de tres años.   Informe de los Minicipios y del INE.  Municipios, y propietarios de patentes limitadas de alcoholes tipo A, E, F, y H   Confección de la resolución y publicación de la misma en el Diario Oficial.   Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
25 Clausura administrativa de locales de expendio de bebidas alcohólicas (art. 50, Ley Nº 19.925).  Este trámite consiste en que el Intendente puede clausurar los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, donde se hubieren cometido hechos delictuosos graves, o que constituyan un peligro para la tranquilidad o moral públicas.   Comisión de un hecho delictuoso grave o que constituya un peligro para la tranquilidad o moral públicas.  Solicitud de clausdura y antecedentes que avalen la solicitud de clausura.  Vecinos, Municipios pueden solicitar ante esta Intendencia, y los directamente afectados serán los propietarios de locales de expendio de bebidas alcohólicas.   Confección de Resolución y notificación de la misma.  Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico).  NO   Pesos   sin costo   NO   -   Ver mayor información  
26 Otorgamiento de los permisos para catar y cavar de acuerdo a lo establecido en el Código de Minería (art. 15, 16 y 17 del Código Minería).  El gobernador o intendente debe autorizar según corresponda en los casos establecidos en la legislación minera.    Que se haya efectuado la declaraciòn expresando que es para efectos mineros y Decreto Supremo que ademas señale los deslindes correspondientes.  En caso de ejecucion de labores mineras en reservas y parques nacionales y monumentos naturales debe exisitir la declaraciòn correspondiente.  Personas naturales, jurídicas, sociedades mineras.  Dictación de la correspondiente Resolución.  Intendencia Región Metropolitana .   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
27 Determinación del mecanismo y representación de los consejeros que representan a los municipios y a las organizaciones civiles en el Comité Regional para el Adulto Mayor (Decreto Nº 95 de 2003 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia).  El Intendente dicta una resolución determinando el mecanismo y porcentaje de representación de los municipios y de las organizaciones civiles, ante el Comité Regional del Adulto Mayor de acuerdo a los criterios establecidos en el Decreto reglamentario.   Lo establecido en el Decreto Nro. 95 del 2003.  Solicitud de la SENAMA, cumpliendo los plazos establecidos pa ello.  Municipios y Organizaciones Civiles que presten servicios o realicen trabajos directos con adultos mayores.  Dictación de la resolución.   Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico - Delegación de Stgo.)    NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
28 Expulsión de Extranjeros del Territorio Nacional (Decreto Ley Nº 1094/1975, DS 597/1984 y DS 818/1983 todos del Ministerio del Interior) 2)  Sanción administrativa que ordena el abandono del territorio nacional a extranjeros. Puede ser mediante Resolución Exenta a o Afecta (toma de razón por la CGR), según sea.  Infracción migratoria que señale expresamente aplicación de sanción de expulsión o comisión de delito común.  Informe Policial que denuncie situación migratoria o infracción; Oficio del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública previa verificación de antecedentes; Oficio del Ministerio Público previa verificación de situación migratoria.   Extranjeros titulares permiso de turismo o permiso encuentra vencido, que a cometido infracción migratoria o ilícito común. Se dispone mediante resolución exenta. Extranjeros que hayan ingresado o egresado clandestinamente que intenten ingresar o egresar.  1) En caso de Resolución Exenta: confección de acto administrativo; V°B° de Jefatura Departamento Jurídico; V°B° Jefe de Gabinete; Firma Intendente; distribución según corresponda. 2) En caso de resolución afecta: requerimiento y desistimiento ante Fiscalía, confección de acto administrativo; V°B° Jefatura Departamento Jurídico; V°B° Jefe de Gabinete y distribución según corresponda; Firma Intendente; envío a Contraloría General de la República; una vez tonmada de razón, distribución según corresponda  Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
29 Suspensión de expulsión.  Interrupción temporal de la sanción administrativa de expulsión.  Que el extranjero haya sido expulsado previamente mediante resolución exenta o afecta, según sea.  1) A petición del interesado acompañando antecedentes que la fundamenten.  2) A petición del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública acompañando antecedentes que la fundamenten.  Extranjeros titulares de permiso de turismo, extranjeros cuyo permiso de turismo se encuentra vencido, extranjeros que hayan ingresado o egresado clandestinamente al país.  Confección de acto administrativo; V°B° de Jefatura Departamento Jurídico; V°B° Jefe de Gabinete; Firma Intendente y distribución según corresponda.  Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico)   NO   Pesos   Sin costo   NO  -   Ver mayor información  
30 Revocación de sanción administrativa.  Deja sin efecto sanción administrativa de expulsión.   Que el extranjero haya sido expulsado previamente mediante resolución exenta o afecta, según sea.  Solicitud, carta o recurso presentado y antecedentes que la fundamenten.   Extranjeros titulares de permiso de turismo, extranjeros cuyo permiso de turismo se encuentra vencido, extranjeros que hayan ingresado o egresado clandestinamente al país.  Confección de acto administrativo; V°B° de Jefatura Departamento Jurídico; V°B° Jefe de Gabinete; Firma Intendente y distribución según corresponda.  Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   sin costo   NO   -   Ver mayor información  
31 Allanamientos (Decreto Ley Nº 1094/1975 y DS 597/1984 ambos del Ministerio del Interior).  Ingreso forzado a inmuebles particulares por parte de Policía Internacional de Policía de Investigaciones, a fin de hacer efectivo el cumplimiento de las medidas de expulsión de extranjeros.   Resolución Exenta o Afecta que dispone expulsión del extranjero. Solicitud de Policía de Investigaciones.  Oficio de Policía Internacional de Policía de Investigaciones, solicitando se disponga medida.  Extranjeros respecto de los cuales existe orden de expulsión del territorio nacional.   Confección de acto administrativo; V°B° de Jefatura Departamento Jurídico; V°B° Jefe de Gabinete; Firma Intendente y distribución según corresponda.  Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
32 Requerimientos (Decreto Ley Nº 1094/1975, DS 597/1984 y DS 818/1983 todos del Ministerio del Interior).  Presentación realizada ante el Ministerio Público (Fiscalía local correspondiente) mediante el cual el Intendente Regional respectivo denuncia la infracción migratoria sea ingreso o egreso clandestino al país o bien ingreso al país premunido de documentación falsificada, adulterada o a nombre de otra persona o que haga uso de ellos durante su residencia.  Que extranjero haya ingresado o egresado clandestinamente del país o haya ingresado premunido de documentos falsificados o adulterados o haya hecho uso de ellos durante su residencia.   Denuncia de Policía Internacional, Oficio del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, Oficio del Ministerio Público que informen del ingreso o egreso clandestino al territorio nacional o bien, del ingreso de un extranjero premunido de documentación falsificada, adulterada o a nombre de otra persona o que haga uso de ella durante su residencia.  Fiscalía Local correspondiente.  Confección de requerimiento, V°B° Jefatura Departamento Jurídico, V° B° Jefe de Gabinete, Firma del Intendente Regional y presentación ante Fiscalía correspondiente.   Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
33 Desistimientos (Decreto Ley Nº 1094/1975 y DS 597/1984 ambos del Ministerio del Interior).  Presentación realizada ante el Ministerio Público (Fiscalía local correspondiente) mediante el cual el Intendente Regional respectivo, se desiste de la denuncia realizada, a fin de aplicar la sanción administrativa asignada.  Presentación de requerimiento   Denuncia y requerimiento.  Fiscalía Local correspondiente   Confección de desistimiento, V°B° Jefatura Departamento Jurídico, V° B° Jefe de Gabinete, Firma del Intendente Regional y presentación ante Fiscalía correspondiente.   Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
34 Coordinación Para Conformación De Las Comisiones Especiales de Acreditación (CEAS) (Ley Nº 20.045).   Las Comisiones Especiales de Acreditación, son aquellas integradas por profesionales del área salud, educación, justicia e Injuv, que conocen de las excusas que presenten los llamados a realizar el servicio militar.  Que no se haya llenado el cupo anual mediante la presentacion voluntaria de conscriptos.  Remisión de las SEREMIS correspondientes e INJUV Regional de la nómina de funcionarios profesionales que integrarán dichas comisiones y reemplazantes si los hubiere.   Fuerzas Armadas y Reclutamiento no voluntario.   Recepción de nómina de integrantes, confección de oficio dirigido a la Sbsecretaría para las FFAA que contenga nómina de integrantes y reemplazantes si los hubiere, V°B° Jefatura del Departamento Jurídico, V°B° Jefe de gabinete, Firma de Intendente Regional.  Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
35 Determinación de las vías de acceso a ríos o lagos (DL 1939, art. 13).  El Intendente fijará las vías de acceso a ríos o lagos cuando careciendo de un camino público para ello no exhibiere un acceso gratuito establecido establecido por los propietarios de terrenos colindantes a elos.   Existencia de bien nacional de uso publico de los descritos respecto del cual no se haya fijado la vía de acceso.   Solicitud.   Ciudadanía.  Dictación de resolución.  Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico).  No   Peso   Sin costo   No   -   Ver mayor información  
36  Fondo ORASMI (Fondo Organización Regional de Acción Social)   Otorgar atención transitoria a personas naturales, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad social.  Informe Social que de cuenta de la situación de vulnerabilidad y documentación de respaldo  Los establecidos en el Manual de Procedimientos ORASMI 2015.   Personas naturales, chilenos/as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta   Las solicitudes pueden ser presentadas en cualquier época de año quedando sujeta la aprobación de éstas, a la disponibilidad presupuestaria del momento.   Las solicitudes deben presentarse en los Departamentos Sociales de las municipalidades o Servicio Social de los hospitales o Centros de Salud. La solicitud de ayuda luego de recibida en el Departamento Social de la Intendencia Región Metropolitana.   NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
37 Postulación al Fondo Social Presidente de la República   Financiamiento de proyectos de carácter social que contribuyan a apoyar y complementar las políticas de inversión social del Estado, siendo éstos preferentemente orientados a: construir tejido social, potenciar la participación ciudadana y contribuir a superar la vulnerabilidad social de una comunidad u organización determinada.  Que los proyectos cumplan con toda la documentación requerida en las BASES.   Según Bases   Organismos públicos o privados con personalidad jurídica vigente, que no persigan fines de lucro; y que no tengan saldos pendientes o cuentas por rendir con el Fondo Social, según lo dispuesto en Resolución N° 759 2003,Contraloría General de la República.  Solicitar Bases y/o descargarlas de página web. Elaborar proyecto con toda la documentación exigida en las BASES y prssentar en Gobernaciones Provinciales e Intendencias Regionales.  Gobernaciones Provinciales e Intendencias Regionales.  NO   Pesos   sin costo   SI  Ver mayor información   Ver mayor información  
38 Asignación de Subsidio a la Discapacidad Mental para personas menores de 18 años   El subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad es un beneficio no contributivo, consistente en una prestación pecuniaria mensual de monto igual para todos los beneficiarios. El Subsidio a la Discapacidad mental, se reajustará anualmente, en el 100% de la variación experimentada por el IPC.   Las personas deber ser menor de 18 años de edad Haber sido declarado con discapacidad mental de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 18.600. Presentar Ficha de Protección Social con un puntaje no superior a 8.500 puntos. Carecer de recursos. Esto significa no tener ingresos propios ni per cápita del grupo familiar superiores al 50% de la pensión mínima (artículo 26º, Ley Nº 15.386). Tener Residencia mínima continua de tres años en el país y presentar postulación.    _ Ficha de Protección Social con un puntaje máximo de 11.734 puntos. _ Certificado de nacimiento original. _ Certificado de residencia (carabineros o Junta de Vecinos). _ Resolución médica.     Personas menores de 18 años de edad, cuya discapacidad mental está acreditada por la COMPIN. La condición de discapacidad mental debe ser evaluada y certificada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) conforme a la Ley Nro. 18.600.  El tramite debe iniciarse en el municipio correspondiente a su domicilio.   Trámite de postulación en Municipalidad correspondiente al domicilio del interesado.    NO   Pesos   sin costo    NO   -   Ver mayor información  
39 Subsidio Agua Potable   La intendencia distribuye mediante una resolución los cupos y fondos a los municipios de conformidad al decreto dictado por Mideplan. (Los cupos corresponden a subsidio de agua potable urbano, rural y Chile Solidario.   Ser residente permanente de una vivienda ubicada en el área urbana o rural (propietario, arrendatario o usufructuario). La vivienda debe estar conectada al servicio de agua potable. Se debe estar al día con los pagos. Se debe presentar postulación en la municipalidad donde se tiene la residencia. Debe estar encuestado con FPS.   Ficha de Protección Social con un puntaje máximo de 11.734 puntos. Boleta de Pago al día o en convenio. Cedula de Identidad.   El grupo de enfoque son todas las Familias Chile Solidario, con conexión o no de agua potable de red y servicio de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas, en condición de morosidad y también aquellas que están al día en los pagos del servicio.     Los postulantes al beneficio, deben solicitarlo ante la Municipalidad correspondiente a su domicilio. su asignación depende de la disponibilidad de cupos de cada comuna.   NO   Pesos   sin costo   NO   -   Ver mayor información  
40 Ingreso, distribución y despacho de documentación   Ingreso de toda la documentación dirigida a la Intendencia, y sus Unidades dependientes como asimismo en casos determinados a otros Servicios Públicos.   Documentacion que corresponda a alguna unidad de esta intendencia   No aplica   Departamentos, Unidades y Secciones de la IRM  dirigirse a la Oficina de Partes de esta Intendencia ubicada en el primer piso   Intendencia Región Metropolitana (Oficina de Partes)  NO   Pesos   sin costo   NO   -   Ver mayor información  
41 Despacho y entrega de documentación   Ingreso y distribución de toda la documentación dirigida a la Intendencia y sus Unidades dependientes. Despacho de la documentación del Servicio dirigida a otros Servicios Públicos, personas naturales o jurídicas.   Que cumpla con lo establecido por oficina de partes   No aplica   Usuarios (as) (SSPP, personas naturales y personas jurídicas)   No aplica   Intendencia Región Metropolitana (Oficina de Partes)  SI  Pesos  Sin costo   NO   -   Ver mayor información  
42 Atención de usuarios (as)   Informaciones, peticiones, sugerencias,y reclamos. Tramitación de estas solicitudes ciudadanas relativas a trámites internos como también en algunos casos a las funciones y trámites que se deben realizar en otros servicios dentro de la región.   No aplica  Para los casos de atenciones por consulta, reclamo, petición,sugerencia, opinión y felicitación se solicitara al usuario mas antecedentes documetnados según corresponda.  Ciudadania  Presentación de la soliocitud en Oficina de OIRS o Vía web  Intendencia Región Metropolitana (OIRS y SIAC)   NO   Pesos  Sin costo  Sí  Ver mayor información   Ver mayor información  
43 Solicitud de Información Pública  Es el derecho que permite a cualquier persona tener conocimiento de la información que se encuentra en cualquier entidad estatal. La Ley de Transparencia lo desarrolla en dos dimensiones: a) Transparencia activa: El acceso permanente a información a través de los sitios web de los organismos públicos. b) Derecho de acceso a la información: El deber que tienen los organismos públicos de recibir solicitudes de información y entregar ésta, salvo que exista un motivo de secreto o reserva.  La solicitud de acceso a la información será formulada por escrito o por sitios electrónicos y deberá contener: a) Nombre, apellidos y dirección del solicitante y de su apoderado, en su caso. b) Identificación clara de la información que se requiere. c) Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado. d) Órgano administrativo al que se dirige.  En el caso de atenciones por solicitud de información pública se solicitará al usuario mas antecedentes según corresponda.  Ciudadania  Presentación de la soliocitud en Oficina de OIRS o Vía web  Ingresar su solicitud de acceso en el link, Carta a través de oficina de partes, en calle Morandé 93, Correos de Chile a Clasificador 114. Acercarse a nuestra Oficina de Informaciones,o por escrito su solicitud en un formulario de Información Pública.  SÍ  Pesos  Costos de Insumos  Sí  Ver mayor información   Ver mayor información  
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